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Curiosidad inmobiliaria

¿Cómo se medirá el consumo de la calefacción en base al nuevo decreto?

By 01/10/2020No Comments

 

 

El pasado 7 de agosto, se ha publicado el decreto 736/2020 por el que se regula la medición en el consumo de la calefacción. ¿Es obligatorio para todos?¿Me puedo oponer a la instalación de los medidores de consumo?. Desde GiFincas, te lo contamos:

¿Cuál es el objetivo de este decreto?

 

El principal objetivo es regular los consumos de calefacción en los edificios colectivos. Para eso, cada vecino tiene que pagar su consumo de calefacción o refrigeración según su consumo medio. Es decir, cada vecino debe pagar lo que consume. ¿Y como se consigue? Pues cada vivienda debe instalar un dispositivo que mida los consumos.

¿Qué edificios están obligados a instalar estas mediciones en los consumos?

 

Ello dependerá de tres cuestiones:

  1. Zona geográfica : Depende de la zona en la que este. En el caso de Bizkaia y Gipuzkoa es obligatorio. En cambio, si tu comunidad de propietarios está en Álava, se encontrará exenta.
  2. En base al tipo de instalación: Si la instalación es de monotubos en serie o ventiloconductores estará exento.  Como seguramente no lo sepas, deberás consultar a un experto. En caso de que tu edificio se encuentre exento, el mantenedor de la caldera deberá firmar un documento de exención.
  3. La rentabilidad: Se considerará una inversión rentable en caso de que su periodo de amortización sea menor de 4 años. Para proceder a ello, el cálculo se deberá de hacer mediante un modelo definido presente en el Real Decreto.

¿Qué obligaciones supone para los vecinos la puesta en marcha del decreto?

 

Son tres las obligaciones que deben cumplir los vecinos:

  1. Para empezar, deben encargarse de la instalación de los medidores,
  2. Deben proceder a la lectura de sus registros,
  3. Se tienen que encargar de realizar la liquidación de los costes.

¿Qué sistemas están homologados por el decreto para medir los consumos?

 

En base al decreto, solo se han regulado dos tipos de sistemas para realizar la medición:

  • Un contador de calefacción
  •  O un repartidor de costes de calefacción

¿Cuáles son los plazos para la puesta en marcha?

 

En Bizkaia, se debe pedir un presupuesto para su instalación, antes del diciembre de 2021. La instalación se debe realizar antes de mayo de 2023.

¿Qué pasa si algún vecino no quiere instalarlo?

 

En caso de que haya algún vecino que se niegue a instalarlo, se entenderá que esa persona no quiere ahorrar y por tanto, se le cobrará como el vecino que más consumo tiene que pagar.

 

 

Así que ya sabes, si quieres ser previsor, habla con tu administrador de fincas e infórmate sobre la instalación en base a la nueva normativa.

 

 

¡Gracias por compartir este artículo!

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