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Actualidad inmobiliaria

La firma de hipotecas y compraventas se paraliza por el coronavirus

By 25/03/2020julio 27th, 2021No Comments

¿Puedo escriturar una compra venta? ¿Están habilitadas las notarias? ¿Y solicitar una hipoteca?

Como expertos inmobiliarios, desde GiFincas queremos lanzar un rayo de luz sobre el tema de la tramitación de la compra-venta de inmuebles en estos momentos.

Tanto el Consejo General del Notariado, como el Colegio de Registradores de la Propiedad, han activado los protocolos para la gestión de la situación ante la declaración del Estado de alarma siguiendo la resolución de la Dirección General de Seguridad:

“Se garantizará la adecuada prestación del servicio público, ya que los registros de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles son servicio público de interés general que se deben mantener abiertos, con la finalidad de que los ciudadanos puedan realizar aquellas actuaciones que por su carácter urgente no puedan ser objeto de dilación y por otro, que el servicio del Registro, en su condición de oficina pública, se preste en plenas condiciones de seguridad para la ciudadanía, los empleados y el Registrador”, afirma el comunicado publicado por esta Dirección General del Ministerio de Justicia.

Con la declaración del estado de alarma, se suspenden tanto los plazos de prescripción y caducidad del registro mercantil, de la propiedad y de los bienes inmuebles, así como también los documentos ante notarios.

En todo caso, tanto notarios como registradores afirman que se podrán atender todas aquellas consultas que se hagan de manera telemática e insisten en que los ciudadanos sean responsables y no se acerquen ni a notaría ni a registros sin cita previa. En estas circunstancias, solo se atenderá de manera presencial aquellas solicitudes con carácter urgente. Serán los propios notarios y registradores los que valoren el carácter de urgencia de un registro o una firma ante notario, que pueden ir desde un testamento hasta la firma de una transacción inmobiliaria.

En lo que respecta a la solicitud y concesión de hipotecas, el inicio del proceso de solicitud de hipotecas seguirá adelante, pero debido a la reducción del número de sucursales operativas, el proceso se puede retrasar/dificultar bastante.

Por otra parte, el proceso de validación final y firma de hipoteca está sufriendo complicaciones, ya que algunas tasadoras no están realizando la visita a los inmuebles, y sin el informe de tasación, el banco no puede emitir una oferta definitiva, ni enviar documentación a los notarios. En caso de que finalmente se consiga enviar a la notaria, será éste quien valore la gravedad del asunto para realizar la firma (vencimiento contrato de arras o la necesidad de ocupar la nueva vivienda).

Si finalmente, se consigue firmar ante notario, desde algunas organizaciones profesionales de este gremio, se recuerda que los plazos a liquidar o autoliquidar los impuestos derivados de la operación, pueden considerarse suspendidos, reanudándose en el momento en que pierda vigencia el citado real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo. Aunque conviene actuar con cautela hasta que la administración aclare el alcance de la suspensión prevista en el real decreto 463/2020.

Fuente: Idealista

Imagen de tiratu.com

 

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